Vista de Los Santos HOY
AYUDAS ANUALES

El Ayuntamiento recibe 40.000 euros para ayudar puntualmente a familias en riesgo de exclusión social

VIENEN A SOLVENTAR UNA SITUACIÓN PUNTUAL DE VULNERABILIDAD EN FAMILIAS NECESITADAS ·

Estas ayudas no tienen carácter periódico e indefinido sino que se limitan a cubrir mediante un pago único las necesidades puntuales e inusuales originadas por contingencias extraordinarias.

Jueves, 17 de febrero 2022, 11:42

Según informa la Agrupación Socialista Local, el Ayuntamiento va a recibir 62.000 de euros de la Junta de Extremadura para Ayudas extraordinarias de Apoyo Social para contingencias ( Ley 7/2016, de 21 de julio, de medidas extraordinarias contra la exclusión social)

Publicidad

El objetivo de este programa de apoyo social, según se indica en la nota, supone una mejora en la eficacia y dota al ayuntamiento de una herramienta muy útil para atender las posibles emergencias sociales de familias o personas en situación de vulnerabilidad o riesgo de exclusión social, protegiendo así sus necesidades básicas y su dignidad de vida.

Las ayudas sociales para contingencia son una prestación que las familias en situación de vulnerabilidad reciben para hacer frente a gastos básicos e inaplazables para evitar o paliar un proceso de exclusión social y garantizar, de manera temporal, la cobertura de las necesidades básicas de subsistencia. Continúa la nota

Estas ayudas no tienen carácter periódico e indefinido sino que se limitan a cubrir mediante un pago único las necesidades puntuales e inusuales originadas por contingencias extraordinarias.

La cobertura de estas ayudas incluyen:

- Gastos de alojamiento para mantener el derecho de uso de la vivienda habitual.

- Gastos de alojamiento temporal.

- Gastos equipamiento mobiliario básico del hogar.

- Gastos de electrodomésticos básicos.

Publicidad

- Gastos de pequeñas reparaciones (electricidad, fontanería, albañilería y carpintería…).

- Gastos de alimentación básica o especializada, del aseo, del calzado y del vestido.

- Gastos necesarios de asistencia sanitaria o sociosanitaria no cubiertos por el Sistema Público (gafas, ortopedia, vacunas, tratamientos dentales…)

- Gastos de endeudamiento previo originados por cualquiera de los conceptos anteriores

Este contenido es exclusivo para suscriptores

PRIMER MES GRATIS. Accede a todo el contenido

Publicidad